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Secciones Científicas y Educativas de la
LIADA
Observatorio Astronómico del CODE
Sede
Social de la LIADA
Santa Fe - Argentina
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Reglamento para las Convenciones y/o Encuentros de la LIADA
De la organización
Art. 2 – A los fines de viabilizar la organización la Entidad Organizadora deberá nombrar un Comité Organizador Local, que se encargará de los aspectos logísticos de la Convención y/o Encuentro. Art. 3 - El Comité Organizador Local deberá conseguir un lugar físico para realizar los actos de apertura y de clausura de la Convención y/o Encuentro así como las sesiones científicas, tanto para la presentación de trabajos orales, talleres, seminarios o mesas redondas, como para colocar los trabajos en forma de presentaciones en papel (posters), disponer de alguna persona para auxiliar a los oradores o presentadores la organización logística de las presentaciones. Art. 4 - La Junta Directiva de LIADA nombrará un Comité Científico, que deberá estar integrado por profesionales y/o especialistas idóneos de reconocida trayectoria, a los que se sumarán el Editor y el Responsable Científico de LIADA, que tendrá a su cargo la recepción y distribución de los trabajos entre los Miembros del Comité Científico para su evaluación. Art. 5 - El Comité Científico decidirá, dentro del marco de los tiempos asignados a las Sesiones científicas por los organizadores, el Programa Científico y de Enseñanza, que facilitará al Comité Organizador Local, al menos 15 días antes de la fecha fijada para la apertura de la Convención y/o Encuentro. Art. 6 – El Comité Científico establecerá la fecha de cierre de la recepción de los trabajos, pudiendo realizar las prórrogas que considere convenientes. Art. 7 – El Comité Organizador Local proveerá un Programa preliminar en el que se asignen tiempos para las sesiones científicas y de enseñanza, previendo la posibilidad de contar con sesiones simultáneas para diferentes actividades. En ese programa preliminar los organizadores deberán reservar un tiempo para la realización de la Asamblea General de LIADA (en las Convenciones), que tenga lugar dentro del marco de las actividades de la Convención y sin superposiciones ni sesiones simultáneas. De la presentación de trabajos
Art. 9 - La temática es libre sobre Astronomía y sus ciencias afines. Art. 10 - Los Resúmenes deberán ser enviados únicamente en "texto plano o como Documento de Word". No se aceptarán gráficos ni fotografías en los resúmenes. Art. 11- Una vez que los trabajos fueren presentados durante la Convención y/o Encuentro, los autores deberán presentar sus trabajos completos al Editor de LIADA (revistauniverso@liada.net), para integrar las Memorias. En cada Convención y/o Encuentro, el Editor proveerá a los autores de las instrucciones en cuanto a tamaño y forma de presentación de los trabajos para ser publicados. Art. 12 - En lo que se refiere a los trabajos orales, los autores deberán indicar, con 15 días de antelación, qué medios técnicos de apoyo necesitarán para su presentación. La disponibilidad de esos medios estará sujeta a las condiciones logísticas de la Convención y/o Encuentro. Del funcionamiento del Comité Científico Los integrantes del Comité Científico deben: Art. 13 - Proponer disertantes y participantes de la Convención y/o Encuentro. Art. 14 - Invitar a nuestros conciudadanos, colegas profesionales y aficionados a participar de la Convención y/o Encuentro, tanto de las actividades formativas como a la presentación de trabajos. Art. 15 - Revisar los resúmenes de los trabajos para aprobar o rechazar su integración al programa científico de la Convención y/o Encuentro. Art. 16 - Definir el Programa Científico y de Enseñanza definitivo de la Convención y/o Encuentro. Art. 17 - Actuar como Comité Científico Editorial de la Memoria de la Convención y/o Encuentro, cuyo Editor será el Editor de las Publicaciones de LIADA. Junta Directiva de la LIADA Liga Iberoamericana de Astronomía |
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